lunes, 6 de septiembre de 2010

Comandos de Visual Fox Pro

He aquí algunos de los elementos que se fijan en la configuración del sistema:
SAFETY = OFF && no avisa antes de sobrescribir archivos
TALK= OFF && no despliega el progreso
ECHO= OFF && inicialmente desactiva el rastreo
DEBUG= ON && habilita el rastreo y la depuración
RESOURCE=FOXUSER && elige un archivo de recursos
RESOURCE=OFF && no se use hasta que se solicite
COMMAND= DO PROG && corre PROG al inicio
Comandos de configuración (SET)
Los anteriores son comandos los cuales se pueden modificar utilizando los comandos que inician con la instrucción SET desde la ventana de comandos, por ej:
SET DEFAULT TO A: && establece el dispositivo y el directorio
Por ejemplo si los archivos que se van a utilizar se encuentran en el directorio C:\programas\transmisión\datos, escribiremos el comando SET de la siguiente forma:
SET DEFAULT TO C:\programas\transmisión\datos.
Otros comandos de configuración son:
SET CENTURY ON/OFF
SET CLOCK ON/OFF
SET DATE
SET DELETE ON/OFF
SET ECHO ON/OFF
SET SYSMENU
DISPLAY ALL
DISPLAY RECORD 5
GOTO 17
GO TOP
GO BOTTOM
SKIP -3
DELETE RECORD 6
LIST FOR precio >1200
BROWSE FOR precio >=900 .AND. precio <2500
GO 6
RECALL
PACK
ZAP

Visual FoxPro

Visual FoxPro ofrece a los desarrolladores un conjunto de herramientas para crear aplicaciones de bases de datos para el escritorio, entornos cliente/servidor, tablet PC o para la Web.

Entre sus características se pueden enumerar:
Capacidades poderosas y muy veloces para el manejo de datos nativos y remotos.
Flexibilidad para crear todo tipo de soluciones de bases de datos.
Lenguaje de Programación Orientado a objetos.
Utilización de Sentencias SQL en forma nativa.
Poderoso manejo de vistas, cursores y control completo de estructuras relacionales.
Su propio gestor de base de datos incorporado. Sin embargo, también puede conectarse con servidores de base de datos, tales como Oracle, Microsoft SQL Server o MySQL.
Cuenta con un motor de generación de informes renovado y muy flexible para soluciones más robustas.
Desde la versión 9.0, amplio soporte de XML, tanto como fuente de datos (por ej., servicios Web basados en XML) como por generar reports en formato XML.
Desde la versión 7.0, soporte de la tecnología IntelliSense de Microsof
La última versión liberada es la 9.0.
Se planeó inicialmente la salida de una nueva versión llamada 'Sedna', la cual pretendía ser un poderoso y completo lenguaje interactuando aún más con VisualStudio.net, SQLServer2005, SQLExpress2005 y Office12, teniendo a su vez soporte para Windows Vista. Posteriormente se supo que no habrá una próxima versión (Mensaje a la comunidad VFP). Microsoft ha cancelado su desarrollo y lanzó lo que han hecho hasta ahora como add-ons en conjunto con el service pack 2 ambos por el momento en versión Beta (SP2 y "Sedna" - Beta). Igualmente, según las políticas de soporte de Microsoft, éste continuará dando soporte al producto hasta el año 2015.
Hay un movimiento MasFoxPro que está haciendo presión para que Microsoft continúe o deje el Visual FoxPro como código abierto para que otra gente pueda seguir evolucionándolo.
La versión 9.0 de Visual FoxPro cuenta con el SP1 y el (más reciente) SP2 (en inglés) en los que hay algunas nuevas características y especialmente brindan estabilidad al producto.
Visual FoxPro proviene de FoxPro, que a su vez deriva de FoxBASE, creado por Fox Technologies en 1984

Dato

El dato es una representación simbólica (numérica, alfabética, algorítmica etc.), un atributo o una característica de una entidad. El dato no tiene valor semántico (sentido) en sí mismo, pero si recibe un tratamiento (procesamiento) apropiado, se puede utilizar en la realización de cálculos o toma de decisiones. Es de empleo muy común en el ámbito informático y, en general, prácticamente en cualquier disciplina científica.

Registro (hardware)

En arquitectura de ordenadores, un registro es una memoria de alta velocidad y poca capacidad, integrada en el microprocesador, que permite guardar transitoriamente y acceder a valores muy usados, generalmente en operaciones matemáticas.
Los registros están en la cumbre de la jerarquía de memoria, y son la manera más rápida que tiene el sistema de almacenar datos. Los registros se miden generalmente por el número de bits que almacenan; por ejemplo, un "registro de 8 bits" o un "registro de 32 bits". Los registros generalmente se implementan en un banco de registros, pero antiguamente se usaban biestables individuales, memoria SRAM o formas aún más primitivas.
El término es usado generalmente para referirse al grupo de registros que pueden ser directamente indexados como operandos de una instrucción, como está definido en el conjunto de instrucciones. Sin embargo, los microprocesadores tienen además muchos otros registros que son usados con un propósito específico, como el contador de programa. Por ejemplo, en la arquitectura IA32, el conjunto de instrucciones define 8 registros de 32 bits.

Tabla (base de datos)

Tabla en las bases de datos, se refiere al tipo de modelado de datos, donde se guardan los datos recogidos por un programa. Su estructura general se asemeja a la vista general de un programa de Hoja de cálculo.
Las tablas se componen de dos estructuras:
En la definición de cada campo, debe existir un nombre único, con su tipo de dato correspondiente. Esto es útil a la hora de manejar varios campos en la tabla, ya que cada nombre de campo debe ser distinto entre sí.
A los campos se les puede asignar, además, propiedades especiales que afectan a los registros insertados. El campo puede ser definido como índice o autoincrementable, lo cual permite que los datos de ese campo cambien solos o sean el principal indicar a la hora de ordenar los datos contenidos.

lunes, 23 de agosto de 2010

Explotacion de recursos naturales

La explotación de recursos naturales no renovables se ha convertido en una de las actividades productivas de mayor importancia para la economía colombiana en los últimos años. El auge de la extracción de estos recursos, en particular de hidrocarburos y carbón, se debe al desarrollo de tecnologías y estrategias innovadoras, así como al aumento de los precios internacionales de los commodities, que han incrementado la productividad y rentabilidad de las explotaciones. Esta situación no sólo ha generado grandes beneficios económicos para las compañías productoras, sino que además ha repercutido favorablemente sobre las finanzas de los gobiernos departamentales y municipales que reciben regalías y otras compensaciones monetarias por la explotación de dichos recursos en su jurisdicción. Las regalías son una compensación económica que las empresas productoras deben pagar al Estado por la explotación de los recursos naturales no renovables, cuyos beneficiarios directos son las entidades territoriales productoras y los puertos marítimos y fluviales por donde se transportan los recursos. El monto de las regalías giradas a las entidades territoriales varía según los niveles de producción y los precios de comercialización de los productos –desde 1994 hasta 2007 las regalías crecieron a un promedio anual de 10,49%, llegando a superar los $3 billones. Estos recursos están dirigidos a impulsar el desarrollo en los departamentos y municipios productores, particularmente en materia de salud, educación, saneamiento básico y proyectos de inversión, que permitan mejorar la calidad de vida de la población. A su vez, los proyectos emprendidos por las entidades territoriales deben propiciar la diversificación de las actividadeseconómicas regionalesy locales, con el fin de reducir la dependencia de la explotación de los recursos naturales no renovables, los cuales están sujetos a un ciclo de producción limitado. No obstante, en algunos casos, los gobiernos encargados de la administración de las regalías no han aprovechado los recursos para generar un desarrollo económico y social sostenible en sus respectivas jurisdicciones, ni han emprendido estrategias de ahorro que permitan a las entidades territoriales preservar su estabilidad macroeconómica a largo plazo. Por el contrario las regalías han llegado a convertirse en un botín para políticos corruptos y grupos armados al margen de la ley, desvirtuando sumisión inicial. Ante esta situación el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó ante el Congreso de la República, un proyecto de ley que busca crear el Fondo de Ahorro de Regalías. Este Fondo contribuirá a que las entidades territoriales receptoras de regalías directas mantengan un ahorro fiscal que les permita preservar su estabilidad macroeconómica durante las distintas fases de la explotación. Así mismo, el proyecto modifica el esquema de escalonamiento que se utiliza para distribuir parte de los recursos que reciben las entidades territoriales productoras entre las no productoras que pertenecen al mismo departamento o región de planificación, ajustándolo a las nuevas formas de explotación. Adicionalmente, se establecen mecanismos que facilitarían el ejercicio de veedurías ciudadanas y el monitoreo sobre el uso de los recursos de las regalías, tanto directas como indirectas, por parte de los órganos de control.

explotacion de recursos naturales

omayra madrigal docente de tecnologiq

martes, 17 de agosto de 2010

Reciclaje Electrónico

ARTICULO 1. Objeto: La presente ley tiene por objeto establecer los lineamientos para la elaboración de una política publica nacional que regule la clasificación, la producción, la comercialización, el tratamiento, el reciclaje y la disposición final de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – RAEE- generados en el territorio nacional.  Así como establecer las responsabilidades extendidas del  importador, productor, comercializador y generador de los Residuos  de Aparatos eléctricos y electrónicos  RAEE.
ARTICULO 2. Alcance: Las disposiciones establecidas en la presente ley son de orden público y se aplican en todo el territorio nacional, a las personas naturales o jurídicas que importen, produzcan, comercialicen y generen  Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos –RAEE- .
ARTICULO 3. Definiciones: Para  efectos de la  aplicación de  la presente ley se tendrán las siguientes definiciones:
Aparatos eléctricos y electrónicos: Todos los aparatos que para funcionar necesitan corriente eléctrica o campos electromagnéticos; así como los aparatos necesarios para generar, transmitir y medir dichas corrientes.Comercializador: Persona natural o jurídica encargado de distribuir, vender o ser intermediario mayorista o minorista de aparatos eléctricos y electrónicos.
Disposición final: Es el proceso de aislar y confinar los residuos eléctricos y electrónicos en especial los no aprovechables, en forma definitiva, en lugares especialmente seleccionados y diseñados para evitar la contaminación del medio ambiente y los daños o riesgos a la salud humana.Generador: Cualquier persona, natural o jurídica, cuya actividad produzca residuos o desechos  eléctricos y electrónicos. Puede ser el importador, fabricante, comercializador, distribuidor y el mismo consumidor de aparatos eléctricos y electrónicos.Gestión integral de Residuos eléctricos y electrónicos. Conjunto de acciones, operaciones disposiciones encaminadas a dar a los residuos eléctricos y electrónicos –RAEE- el  destino mas adecuado  desde el punto de vista ambiental, teniendo en cuenta  sus características, volumen, procedencia, costos de tratamiento, posibilidades de recuperación, aprovechamiento, comercialización y disposición final.Gestor. Persona o entidad, pública o privada, que realice cualquiera de las operaciones que componen la gestión de los residuos, sea o no el productor de los mismos.Importador: Persona natural o jurídica que adquiere en los mercados extranjeros aparatos eléctricos  y electrónicos con el fin de ser comercializados, distribuidos  o transformados en el territorio nacional.Prevención. Conjunto de medidas, acciones, operaciones o disposiciones encaminadas  a  impedir que se produzcan riesgos al medio ambiente y a la salud humana, con  el consumo de  residuos eléctricos o electrónicos –RAEE- así como reducir sus efectos.Productor: Persona natural o jurídica que se encarga de la fabricación o ensamble de aparatos eléctricos y electrónicos con fines comerciales.
Productor de Aparatos eléctricos y electrónicos: Cualquier persona, natural o jurídica que  importe o exporte, fabrique, ponga en el mercado y venda aparatos eléctricos y electrónicos.RAEE: Sigla en español para referirse a los Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Se refiere a aparatos dañados, descartados y obsoletos que consumen electricidad.  Para su efecto, también se puede emplear la sigla en inglés e-waste.Reacondicionamiento: Procedimiento técnico con el que se re establecen las condiciones funcionales y estéticas de un aparato eléctrico y electrónico con el fin de ser usado en un nuevo ciclo de vida.Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos: Todos los aparatos eléctricos o electrónicos  cuyos materiales, componentes, consumibles y subconjuntos  pasan a ser residuos.Responsabilidad extendida:  Es la responsabilidad del productor de aparatos eléctricos y electrónicos por el impacto ambiental que sus productos generan durante todo el ciclo de vida  desde su fabricación, uso y disposición final .Retoma o recaudación.:  Es el procedimiento establecido bien sea por el productor mediante la devolución o por el gestor para la  recolección de los aparatos eléctricos y electrónicos una vez cumplan con su ciclo de vida útil .Reuso:   Significa usar más de una vez y después de otro usuario, un aparato eléctrico y electrónico.Usuario: Es la persona  natural o jurídica, para quien se elaboran los aparatos eléctricos y electrónicos y que los usa de manera personal o como herramienta de trabajo.ARTICULO 4. Clasificación de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE   :  Para la clasificación de los RAEE, Residuos eléctricos y electrónicos se  tendrá en cuenta las disposiciones contenidas el Convenio de Basilea, o la que para su efecto el  Ministerio de Ambiente, vivienda y desarrollo territorial (MAVDT) disponga.ARTICULO 5. Principios: Para la aplicación de la presente ley se tendrán como principios rectores:
a.    Responsabilidad extendida. Compromiso del importador, productor y distribuidor de aparatos eléctricos y electrónicos con lo que produce y frente al medio ambiente.b.    Corresponsabilidad: El Estado, la sociedad civil y la familia son corresponsables en minimizar  la generación y buena disposición final de los Residuos de aparatos eléctricos y Electrónicos .c.     Participación Activa: El Estado debe proveer los mecanismos de participación necesarios para que los  importadores, productores, comercializadores y usuarios de aparatos eléctricos y electrónicos; así como las personas prestadoras del servicio público de aseo, participen en el diseño, elaboración y ejecución de programas y proyectos que traten sobre una gestión integral de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos- RAEE.d.     Solidaridad. El Estado, los importadores, productores, comercializadores y usuarios de aparatos eléctricos y electrónicos, son responsables en el control de una gestión integral de los  Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos   RAEEe.     Creación de estímulos. Generación de beneficios y estímulos a quienes se involucren en el manejo y disposición final de –RAEE-(Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos)f.        Descentralización. Las entidades territoriales deberán establecer planes, programas y proyectos  que respondan a las particularidades de las regiones y que contribuyan en la gestión integral de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos  RAEEg.    Innovación, ciencia y tecnología. El Estado colombiano, a través de las instituciones educativas públicas y privadas en asocio con la empresa publica y  privada, fomentará la formación, la investigación y el desarrollo tecnológico, orientados a una gestión integral  de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – RAEE-.
h.     Viabilidad Económica. El Estado colombiano fomentará y facilitará la creación de empresas del sector de reciclaje para residuos de aparatos eléctricos y electrónicos RAEE- que permita la generación de empleo y auto empleo a  poblaciones vulnerables; sí como  la formalización de la actividad del reciclaje.
i.        Gradualidad: La implementación y la divulgación de la presente ley se hará a mediano y largo plazo. Para ello contará con la participación de todos los actores involucrados.
j.        El que contamina paga. Es la obligación de reparación en dinero por los daños que se causan al medio ambiente.
CAPITULOIIDEBERES Y DERECHOSARTICULO 6. Deberes. El Estado, los importadores, productores, comercializadores, usuarios, medios de comunicación y personas prestadoras del servicio público de aseo deberán frente a  los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos  RAEE:1.      DEL ESTADO:a.Garantizar  un medio ambiente saludable.b. Diseñar una política pública para la gestión integral de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos   RAEEc. Asegurar la adopción de planes, proyectos y estrategias para la gestión integral de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos  RAEE.d. Generar espacios de concertación, participación y socialización a fin de establecer una gestión integral para los  Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE.e. Establecer los mecanismos de inspección, vigilancia y control a los diferentes generadores de  Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos  RAEE .f. Desarrollar una campaña informativa, sobre los programas de retoma y disposición final adecuada  de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE.
g.  Establecer los estímulos pertinentes a los diferentes gestores de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos –RAEE- que contribuyan a una gestión integral de los mismos.h. Establecer la responsabilidad extendida de los importadores, productores, comercializadores y usuarios  que generen Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos -RAEE-.i. Establecer las acciones y sanciones pertinentes a importadores, productores, comercializadores y usuarios que  no contribuyan a una gestión integral de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE.j. El Estado a través de los diferentes entes territoriales,  fomentará  la retoma y recolección de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE.l. El Estado a través de sus entidades  y sus distintos niveles de la administración publica vinculará al sector privado y a la ciudadanía en general a las campañas, programas y proyectos encaminados a minimizar la producción de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE y a facilitar la disposición final de los mismos.
2.      DEL IMPORTADOR, PRODUCTOR Y COMERCIALIZADOR DE APARATOS ELECTRICOS Y ELECTRÓNICOSa.     Establecer planes de retoma y recolección de los residuos de  aparatos eléctricos y electrónicos -RAEE-, los cuales pueden ser colectivos o individuales y sin costo para el usuario final.b.     Informar a los usuarios sobre los planes de retoma y recolección.c.     Asegurar y financiar la disposición final ambientalmente adecuada y segura de los residuos eléctricos y electrónicos, la cual podrá realizar a través de terceros.d.     Proporcionar a los gestores de RAEEs la información necesaria sobre las características y la composición de sus aparatos para facilitar el reuso y el reciclaje ambientalmente seguro de los mismos.3.     DEL USUARIOa.     Entregar los RAEE en los sitios oficiales establecidos por los importadores, los productores y comercializadores o las autoridades ambientales competentes.b.     Asumir su corresponsabilidad social con una gestión integral de   Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE c.      Contribuir en la vigilancia y control de las acciones dirigidas  a la buena disposición integral de los  Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE.d.      Cumplir con las normas establecidas  por las autoridades competentes relacionadas con la buena disposición final de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE.4.     DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓNa.    Conocer,  promover  y divulgar los mecanismos de disposición final de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEEb.    Sensibilizar a la sociedad sobre el buen manejo de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE.

5.     DE LOS GESTORES RAEE
a.      Cumplir con los estándares técnicos y de calidad  establecidos para la disposición final de los  Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE.b.     Manejar los RAE de manera ambientalmente amigable en cumplimiento de las disposiciones establecidas por las autoridades ambientales.c.     Hacer del aprovechamiento y tratamiento de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos  RAEE  una actividad económica sostenible.
ARTICULO 7. Derechos. El Estado, los importadores, productores, comercializadores, usuarios, medios de comunicación y personas prestadoras del servicio público de aseo tendrán los siguientes derechos:
1.     DEL ESTADO:
a.     Exigir  a través de las autoridades competentes a los importadores, productores, comercializadores y usuarios de aparatos eléctricos y electrónicos, el cumplimiento de la presente ley.b.      Exigir a la sociedad el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la  presente ley.c.     El Estado colombiano tiene derecho, si así quisiere, de crear y participar en empresas gestoras de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE.d.     Elaboración de la política nacional de RAEE, conforme a lo establecido en la ley 1252 de 2008 y el decreto 4741 de 2005.
2.     DEL IMPORTADOR, PRODUCTOR Y COMERCIALIZADOR DE APARATOS ELECTRICOS Y ELECTRONICOSa.     Exigir del Estado  condiciones favorables para la elaboración  de planes, programas y proyectos para una gestión integral de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE.b.      Solicitar el acompañamiento del Estado y de las autoridades ambientales competentes  para la elaboración  de planes, programas y proyectos que permitan  una gestión integral de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE.c.     Solicitar del Estado y de las autoridades ambientales competentes la creación de estímulos por su compromiso en la gestión integral de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos –RAEE-.d.     Exigir de los usuarios la devolución de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos –RAEE- para una gestión integral de los mismos.e.     Crear y participar en empresas gestoras de  Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos  RAEE.
3.     DEL USUARIO.a.     A recibir la información al momento de la compra, de los planes de devolución pos consumo del producto.b.     A que se les de la información clara sobre el manejo de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE.c.     A Participar de manera directa o por medio de asociaciones civiles  en la discusión y elaboración de estrategias, planes y proyectos en pro de una buena disposición integral de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos  RAEE.4.     DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓNa.     A denunciar las situaciones  de mal manejo de los  Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos  RAEE.b.     A participar en la elaboración de  las campañas publicitarias sobre el manejo de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE.
5.     DE LOS GESTORES RAEEs
a.     A recibir del Estado la capacitación y el apoyo en investigación y tecnología para el manejo adecuado de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE.b.     A generar de ésta una actividad económica rentable que genere empleo y sea una herramienta de inclusión social para los sectores más vulnerables.c.     A recibir incentivos  del Estado  por  mejorar la gestión integral de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos REE.


CAPITULO IIIPOLITICA NACIONAL DE RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS-RAEE-

ARTICULO 8. Objetivos.  El Estado, a través del Ministerio de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial en cumplimiento de sus deberes constitucionales es responsable de la  elaboración, planificación, coordinación, ejecución y seguimiento de las acciones
encaminadas al desarrollo de una gestión integral de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE  para lo cual deberá elaborar la Política Nacional de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE, teniendo en cuenta los siguientes objetivos:

1.     Asegurar la gestión ambientalmente adecuada de los  Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE.2.     Promover  una gestión integral  de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE, con el fin de minimizar los riesgos sobre la salud humana y  el medio ambiente.3.     Incentivar el aprovechamiento de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos  RAEE  en cada una de sus etapas como una alternativa para la generación de empleo social y como un sector económicamente viable.4.      Alcanzar la plena integración y participación  de los importadores, productores y comercializadores de los aparatos eléctricos y electrónicos en la  elaboración de estrategias, planes y proyectos para una gestión integral de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos  RAEE.
ARTICULO 9. Componentes de la política .Para el cumplimiento del objeto de la presente ley el Gobierno nacional, a través del Ministerio de ambiente, vivienda y desarrollo territorial, formulará una política pública de  Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE. Para tal efecto contará con el acompañamiento del Ministerio de Comunicaciones, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el  SENA, y Computadores para Educar. Para este fin, también invitará a los diferentes sectores involucrados como las Cámaras de comercio, los industriales, la academia y las empresas prestadoras del servicio público de aseo. Esta política tendrá en cuenta los siguientes componentes:
a)    Apoyo y fomento: Generar estrategias de apoyo para  la creación y formalización de empresas de reciclaje de RAEE (Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos) a través de la flexibilización de los trámites para la obtención de permisos.
b)    Normatividad: Desarrollar instrumentos jurídicos y legales a través de los cuales se regule todo lo concerniente a los RAEE(Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos) y que sirvan como instrumento legal para exigir, de cada uno de los actores, el cumplimiento de sus responsabilidades y la garantía de sus derechos.c)    Diagnóstico: Elaborar una investigación  del comportamiento del sector de aparatos eléctricos y electrónicos que permita establecer las características, zonificación  y el flujo de RAEE (Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos) en el país.d)    Organización: Establecer los procedimientos y la organización del sistema para el desarrollo de una gestión integral de los RAEE (Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos)e)    Económico: Viabilizar instrumentos económicos y financieros  que faciliten la gestión de RAEE (Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos). Dichos  instrumentos pueden venir del sector público, privado o internacional y serán consecuentes con la realidad económica, jurídica y social del país.f)       Además, la gestión integral de los RAEE (Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos) deberá convertirse en una fuente para la generación de riqueza y empleo para los sectores más vulnerables del país.g)    Divulgación: apoyar estrategias de comunicación con el fin de divulgar  conocimientos sobre los RAEE y los mecanismos de retoma y recolección  establecidos a los usuarios.h)    Gestores: Apoyar a los gestores de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) en la  disposición final de los mismos.i)       Capacitación: fomentar programas y convenios que incentiven la investigación sobre tecnologías de aprovechamiento y la disposición ambientalmente adecuada de los RAEE.j)        Investigación, ciencia y tecnología: Fomentar programas y convenios de investigación que ayuden a optimizar la gestión integral de los Residuos eléctricos y electrónicos (RAEE) y la innovación en ciencia y tecnologías encaminadas a minimizar la producción de estos desechos.
ARTICULO 10.REGISTRO DE GESTORES. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo territorial establecerá un registro de gestores autorizados  de RAEE, para lo cual diseñara el sistema de información unificado el cual sera retroalimentado por los entes territoriales a través de la autoridad ambiental.
ARTICULO 11. Sistema Unificado de Información.  El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de manera conjunta con las cámaras de comercio del país,  conformarán un sistema unificado de información sobre aparatos eléctricos y electrónicos que contenga los siguientes datos:
a.     Registro de los importadores, productores y comercializadores de Aparatos eléctricos y electrónicos.b.     Registro de  las marcas y características  de los aparatos eléctricos y electrónicos puestos en el mercado.Parágrafo: Los importadores, productores y comercializadores de aparatos eléctricos y electrónicos deberán facilitar la información necesaria para la elaboración de este sistema unificado de información.
ARTICULO 12. Comité Nacional Residuos  de aparatos eléctricos y electrónicos RAEE. El Gobierno nacional creará el Comité Nacional de Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos RAEE como órgano consultor del Ministerio de ambiente, vivienda y desarrollo territorial.
ARTICULO 13. Miembros Comité Nacional Residuos de  aparatos eléctricos y electrónicos. Harán parte del Comité Nacional:a.     Un representante del ministerio  del Medio Ambiente, Vivienda    y Desarrollo Territorial.b.     Un representante del Ministerio de Industria y Comercio.c.      Un representante del Ministeriod.     de Comunicacionese.      Un representante de Computadores para Educarf.       Un representante de la Cámara colombiana de Informática y telecomunicaciones.g.    Un Representante de la Asociación Nacional de Empresarios.  ANDI.h.      Un representante de los gestores de Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos RAEE.i.        Representantes de entidades  nacionales e internacionales, líderes en el manejo de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos RAEE.
Parágrafo: La Secretaria técnica de este Comité será el Ministerio de Ambiente, vivienda y desarrollo territorial quien reglamentará la designación de los representantes al Comité Nacional.

ARTICULO 14. Funciones Comité Nacional.
a.     Fomentar y fortalecer la política para el manejo  de residuos eléctricos  y electrónicos RAEE.b.     Asesorar en la formulación de las políticas y los planes nacionales en materia de Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos RAEE.c.     Hacer un seguimiento y una verificación al desarrollo de las políticas, estrategias y programas que garanticen una gestión integral de Residuos de Aparatos eléctricos y electrónicos RAEE.d.     Establecer los mecanismos de concertación con el sector privado.e.     Estudiar fuentes de financiación para desarrollar las políticas, estrategias y programas  para una gestión integral del Aparatos eléctricos y electrónicos RAEE.f.        Promover planes y programas intersectoriales que contribuyan a la divulgación  de los peligros para la salud humana de los desechos electrónicos, así como del manejo de los Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos RAEE.g.     Determinar los criterios técnicos que se deben tener en cuenta para la distribución de los recursos públicos destinados para tal fin.h.     Impulsar la investigación y la innovación tecnológica en lo relacionado con una mejor gestión integral de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos RAEE.i.        El Comité Nacional se establecerá las funciones que considere pertinentes para el desarrollo  de sus actividades.



CAPITULO IVDISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 15. Estímulos. El estado podrá crear estímulos arancelarios a los importadores, productores, comercializadores de aparatos eléctricos y electrónicos  que contribuyan en la retoma , recolección y disposición final de los Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos RAEE.
ARTICULO 16. Difusión y Promoción. Corresponde al        Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial la promoción          y difusión de la Política pública para residuos de aparatos eléctricos y electrónicos RAEE.
ARTICULO 17. Link. En la pagina web del Ministerio de ambiente, vivienda y desarrollo territorial creará un link con el fin de:
a.    Informar qué son los residuos electrónicos, su clasificación y los daños que pueden causar a la salud humana.b.    Informar acerca  todos los  planes, programas, proyectos y estrategias que se están desarrollando a nivel nacional y territorial para el manejo integral de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos RAEE.c.     Publicar el nombre de los importadores, productores y comercializadores que estén apoyando la gestión integral de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos RAEE.d.    Publicar la dirección de los lugares  autorizados para que los usuarios hagan la devolución de los aparatos eléctricos y electrónicos en desuso.e.     Resolver preguntas de los importadores, productores, comercializadores y usuarios sobre la disposición final de los Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos RAEE.
ARTICULO 18.  Evaluación. El Ministerio de ambiente, vivienda y desarrollo territorial establecerá indicadores de gestión por resultados que permitan evaluar y monitorear los diferentes planes, proyectos y programas que se desarrollen a nivel nacional y territorial para una gestión integral de los Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos RAEE.
Parágrafo.  Con el fin de cumplir con los estándares técnicos  ambientales, este monitoreo deberá extenderse también a las empresas involucradas en el proceso de reciclaje.
ARTICULO 19 Seguimiento. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y  Desarrollo territorial, tendrá la responsabilidad de hacer el seguimiento y  asesorar a las entidades territoriales en el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente ley .
Parágrafo: Para ejercer la vigilancia y el control pertinente, el Ministerio de ambiente, vivienda y desarrollo territorial, en coordinación con los organismos de control competentes, establecerán los parámetros y mecanismos aplicables a los entes territoriales competentes para la efectividad del proceso.
ARTICULO 20: Informe al Congreso. El Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio de ambiente, vivienda y desarrollo territorial, informará a las Comisiones Quintas del Congreso de la República dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, los avances en el proceso de la formulación de la política, así como el nivel de participación de los diferentes actores del mismo.ARTICULO 21: Descentralización. En virtud del principio de descentralización que enmarca la presente ley, el Gobierno Nacional y los entes territoriales establecerán planes, programas y proyectos para la gestión integral de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos RAEE.ARTICULO 22: Reglamentación. El Gobierno Nacional reglamentará la presente ley con base en los criterios establecidos en la misma.
ARTICULO 23. Mecanismos de Coordinación. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, coordinará las distintas actividades para alcanzar los máximos resultados en los fines y propósitos que persigue esta ley.
ARTICULO 24: Vigencia y derogatoria. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.